Ir al contenido principal

Se ha ocultado el contenido

Para mostrar este contenido, por favor haz clic aquí

Lorena
Novia PRO Abril 2013 Veracruz

Alguien de RH permisos por boda?

Lorena, el 20 de Marzo de 2013 a las 18:33 Publicado en Bodas.com.mx 0 36

Holaaaa hermosaaaas!

aqui els trnego otraa preguntaaa!

jaja no se si m chamaquearon, es real o como esta el asunto... por eso vengo a pedir su consejo....

en las prestaciones laborales.... se incluyen permisos por boda?

yo tenia contemplado usart mis vacacioens en este periodo.. prio una amiga m dijo q no, q exiga mis permiso por boda, q segun es parte de las prestaciones...

q cuando muere un familiar cercano, cuando t casas y cosas asi la empresa te debe dar dias de permiso....

eso m dijo ella.. la vdd no se...

aun no lo preugnto en mi opficina de recursos humanos por q la vdd en mi empresa son muuuuy exiguentes y tooodo es apaegado a la ley del trabajo y chalala... asi q temo q m mande por un tubo y ni m qiera dar mis vacaciones...

peroo si si es cierto, pues puedo llegar a solicitarlas ocmo si nada!

ustedes saben algo d eso??

sigo con mi plan d pedir vacaciones ocmo si nada.. o pido permiso d ausentarme por boda?

y si es cierto... cuantos dias son los q dan??

haaha

quiza mi duda suene disparatada... pro aqui hay q andarse todo conforme a la ley y por eso quiero saber q puedo exigir!!!

images?q=tbn:ANd9GcRmUdc0TbwMuUON5UP4foE

36 Respuestas

Última actividad por Stefani, el 18 de Enero de 2019 a las 14:36
  • S
    Novia Adicta Mayo 2019 Jalisco
    Stefani ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Alguien sabe en qué artículo está la ley por contraer matrimonio en el régimen civil?
    • Responder
  • Arly
    Novia Frecuente Diciembre 2018 Michoacán
    Arly ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    Hola! en la ley federal de trabajo NO SE CONTEMPLA, así que va a depender de la empresa


    • Responder
  • Lilia
    Novia Frecuente Diciembre 2018 Ciudad de México
    Lilia ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Ando en las mismas, chicas alguien sabe con exactitud ??

    • Responder
  • Monse
    Novia Nueva Agosto 2018 Distrito Federal
    Monse ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    HOLA kARLA GRACIAS POR TU COMENTARIO .... NOS COMENTAS QUE SON DE LEY DOS DÍAS , PERO HE ESTADO BUSCANDO EL ARTICULO Y NO LO ENCUENTRO ME PUEDES AYUDAR POR FAVOR A SABER CUAL ES ...



    MUCHÍSIMAS GRACIAS


    BENDICIONES SIEMPRE

    • Responder
  • Kassandra
    Novia Habitual Mayo 2019 Tamaulipas
    Kassandra ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    Muy buen día Karla, podrias indicarme bajo que articulo esta esto?

    • Responder
  • Alexia
    Zacatecas
    Alexia ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    En donde se puede consultar?

    • Responder
  • Margarita
    Novia VIP Septiembre 2016 Tamaulipas
    Margarita ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Muy buen pregunta amiga, que bueno que an dado buenas respuestas, y asi tenemos un poco mas de nocion en todo. gracias!

    • Responder
  • Adriana
    Novia Nueva Septiembre 2016 Oaxaca
    Adriana ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    Donde se puede revisar esa info? que art de la ley federal del trabajo?? Creo que si no viene ahi es mas bien como una prestacion de cada empresa, pero no una obligación como tal no? Gracias!

    • Responder
  • Elizabeth
    Novia Nueva Enero 2017 Distrito Federal
    Elizabeth ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    Hola! ojala pudieras apoyarnos con el artículo donde indica el derecho para podamos tener argumento legal para solicitar los 2 días (muy buenos!) Gracias!

    • Responder
  • Palomiux
    Novia PRO Marzo 2015 Estado México
    Palomiux ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    No te recomiendo para anda sacar dinero del imss porque te lo descuentan de tu pension, eso no lo ves ahora, pero despues te vas a andar arrepintiendo, en verdad.

    Como ya te dijeron las prestacion varian depende de las empresas, pero si, tienes derecho a dos dias por boda, pero que yo sepa es solo por el civil, por la religion, depende de las prestaciones propias de la empresa.

    En mi caso me dieron 3 dias por matrimonio y un monto de 3800 por ayuda del mismo concepto, eso tambien depende de la empresa.

    Para hacerme validas mis faltan tuve que presentar mi acta de matrimonio civil, no me pidieron la de la religiosa, solo civil

    • Responder
  • Lena
    Novia Frecuente Julio 2016 Querétaro
    Lena ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    Hay algun lado donde pueda ver esa ley? por favoooor y gracias

    • Responder
  • D
    Novia TOP Octubre 2013 Tamaulipas
    Deianira ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Hola Adriana..mi esposo y yo lo hicimos..necesitas ir a informarte a tu afore..para serte sincera no recuerdo que cosa hicimos primero..pero pregunta en el IMSS en la página viene ésta info: http://www.imss.gob.mx/ficha/solicitud-de-ayuda-para-gastos-de-matrimonio espero te sea de utilidad (=. Saludos.! =D

    • Responder
  • Adriana
    Novia Principiante Noviembre 2014 Distrito Federal
    Adriana ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Entonces es como te lo quiera dar la empresa....buuu eso no es justo a mi solo me dan vacaciones en diciembre pero ahi no va a ser mi luna de miel, todo esta super lleno

    • Responder
  • Adriana
    Novia Principiante Noviembre 2014 Distrito Federal
    Adriana ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Eso de que se trata?

    • Responder
  • Adriana
    Novia Principiante Noviembre 2014 Distrito Federal
    Adriana ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Y en que parte o ley dice lo de los dias? yo pregunte y no mas me la hacen larga lo bueno que aun me falta

    • Responder
  • Selene
    Novia Adicta Agosto 2013 Estado México
    Selene ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Woe! Qué bien! Yo tampoco sabía!! Gracias a Karla Smiley laugh
    • Responder
  • Karla
    Novia Adicta Junio 2013 Jalisco
    Karla ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Hola!!...yo trabajo en RH y si hay un permiso por matrimonio!! Smiley smile por ley son 2 días y los puedes usar ya sea en tu boda al civil o religiosa, hay empresas que te dan más y las puedes juntar con tus vacaciones, tambien hay algunos casos en los que existe una ayuda por matrimonio, Saludos!!

    • Responder
  • Viri Ballesteros
    Novia Leyenda Abril 2014 Distrito Federal
    Viri Ballesteros ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Ya hicieron uno Lore, de ahí saque la info Smiley xd Ayuda para gastos de matrimonio imss

    • Responder
  • Lorena
    Novia PRO Abril 2013 Veracruz
    Lorena ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Wow!! estabuenisima la ifo! lo malo es es ya vvcasados... pro de q sirve sirve jeje

    deberias hacer un debate sobre esta info!!!

    mil gracias!!!

    • Responder
  • Viri Ballesteros
    Novia Leyenda Abril 2014 Distrito Federal
    Viri Ballesteros ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    MIra nena, aquí está la info:

    AYUDA PARA GASTOS DE MATRIMONIO

    Es la prestación económica que tiene derecho el trabajador asegurado que contrae matrimonio civil. Se financia con recursos de la cuenta individual de la Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE).

    La cantidad a pagar por esta ayuda es de 30 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal a la fecha del matrimonio por lo civil.

    Los requisitos para tener derecho a la ayuda para gastos de matrimonio de acuerdo a la Ley del Seguro Social y demás normas aplicables son:

    • Tener acreditado un mínimo de 150 semanas cotizadas ante el Instituto en el seguro de retiro, cesantía y vejez a la fecha de celebración del matrimonio.
    • Estar vigente como asegurado o haber contraído matrimonio dentro de los 90 días de la conservación de derechos a partir de la baja.
    • No haber ejercido este derecho con anterioridad.
    • En caso de haber contraído matrimonio con anterioridad, deberá comprobar la muerte del(a) cónyuge o presentar el acta de divorcio y no haber sido registrado(a) anteriormente como cónyuge en el Instituto.

    A fin de mejorar la atención a la población derechohabiente, ahora es posible presentar la solicitud para esta prestación en el Servicio de Prestaciones Económicas de cualquier clínica del IMSS del país, en un horario de 8:00 a 15:00 hrs. de lunes a viernes.

    La documentación que debe acompañar a tu solicitud de ayuda para gastos de matrimonio es la siguiente:

    • Identificación oficial con fotografía y firma (credencial para votar o cartilla del Servicio Militar Nacional o pasaporte o cédula profesional o Credencial ADIMSS), tratándose de extranjeros pasaporte o forma Migratoria.
    • Copia certificada del acta de matrimonio y copia fotostática para cotejo. Si se trata de documento en idioma diferente al español, deberá presentar adicionalmente la traducción autorizada o emitida por un perito reconocido por el Tribunal Superior de Justicia de cualquier Entidad Federativa del territorio nacional, o bien a falta de éste por alguna institución o entidad oficial, como son las Universidades o Instituciones autorizadas para ello.*
    • Documento que contenga el número de seguridad social del asegurado. Este documento no es necesario cuando presente la Credencial ADIMSS.
    • Documento que compruebe cuál AFORE administra la cuenta individual del asegurado.
    • Clave Única de Registro de Población (CURP) o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población, no necesario cuando se trate de extranjeros que no radiquen en México, original para requisitar la solicitud, mismo que es devuelto al asegurado. Este documento no es necesario cuando presente la credencial ADIMSS.
    • Si previamente se registro a otro cónyuge o concubina (rio) ante el IMSS, el asegurado deberá exhibir el acta de defunción del cónyuge o de la concubina o del concubinario, o bien, el acta de divorcio o la declaración escrita bajo protesta de decir verdad de que el concubinato terminó. (Copia certificada y copia fotostática para cotejo).

    De no presentar la documentación completa y correcta (sin borraduras, tachaduras o enmendaduras) no se podrá iniciar el trámite.

    *Este documento se presenta en original y copia fotostática. El original se requiere para efectos de cotejar la copia fotostática y se devuelve al interesado.

    La copia certificada del acta de matrimonio que presente el asegurado para el trámite, no es necesario que sea de reciente expedición, siempre y cuando se haya celebrado con posterioridad al 30 de junio de 1997.

    Con el pago de esta prestación no se descuentan semanas de cotización.

    No se podrán realizar solicitudes simultáneas sobre la disposición de recursos de la cuenta individual (retiro por desempleo y ayuda para gastos de matrimonio), ya que la disposición podrá afectar alguno de los trámites solicitados, por lo que deberás esperar un tiempo aproximado de 90 hasta 120 días.

    El tiempo máximo de respuesta que se tiene para que el Instituto entregue la resolución del trámite es de 28 días naturales, a partir de la fecha de la solicitud.

    Para su cobro deberás presentarte en la AFORE en la cual te encuentras inscrito, con la siguiente documentación:

    • Resolución de Ayuda para Gastos de Matrimonio, la cual te será entregada por el IMSS, con una vigencia de 60 días naturales para realizar el cobro.
    • Identificación oficial con fotografía (credencial para votar o pasaporte o cédula profesional).

    La Ayuda para Gastos de Matrimonio no tiene prescripción, siempre y cuando el matrimonio civil se haya celebrado a partir del 1° de julio de 1997.

    Para denuncias, comentarios, quejas e información puedes dirigirte al:

    Teléfono: **** 23 23 desde cualquier parte de la república

    Correo electrónico: ************.**********@****.***.**

    Todos los trámites son gratuitos

    Para mayor información consulte la ficha IMSS-01-009 de COFEMER

    • Responder
  • Lorena
    Novia PRO Abril 2013 Veracruz
    Lorena ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    Oieeee y eso como es??? lo veo directamente con mi afore???

    • Responder
  • Viri Ballesteros
    Novia Leyenda Abril 2014 Distrito Federal
    Viri Ballesteros ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Hola Lore; por desgracia no es una prestación de ley el permiso por boda Smiley sad, solamente puedes retirar hasta un mes de salario mínimo de tu Afore (son como 2000 pesos) por boda, pero es la única prestación Smiley sad

    • Responder
  • Sayom
    Novia VIP Abril 2013 Estado México
    Sayom ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Holaa

    Por ley, que lo diga en un articulo tal o en el parrafo tal.. no hay sorry, ya seria un plus de la empresa, y eso vendria en el contrato, si no quieres pregunatr directamente en tu empresa investiga en el contrato, si en un "contrato colectivo" seria mejor, ahi podras ver los dias de descanso k gosas como bien te dicen las chicas, por embarazo, a por fallecimiento de un familiar, o en caso de los hombres cuando su esposa da a luz, en todos los casos son casi 3 dias, pero son por parte de las empresas nada mas. suerte¡¡

    • Responder
  • G
    Novia VIP Junio 2013 Hidalgo
    Gabyta ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Mejor toma tus vacaciones, y si son especiales y apegados a la "ley" mejor no le busques peque!!

    • Responder
  • Perliuzca De Morales
    Novia PRO Octubre 2013 Morelos
    Perliuzca De Morales ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Wow pues interesante ti debate, a mi me ayudo para informame... por que de esto si que no sabia nada

    • Responder
  • Lorena
    Novia PRO Abril 2013 Veracruz
    Lorena ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    eso tampoco lo sabiaaaa! ire a pregubtar!!!
    • Responder
  • Lorena
    Novia PRO Abril 2013 Veracruz
    Lorena ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Ver mensaje citado

    pues ni modo.... sigo.con mi plan d tomar mis vavaciones ese dia!!!
    • Responder
  • Sonia
    Novia PRO Diciembre 2014 Oaxaca
    Sonia ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido
    Hasta donde yo se no hay ese permiso lo que si hay es una prestación económica por parte del imss de hasta por 10 mil pesos dependiendo de tu salario y eso lo puedes checare en el departamento de prestaciones económicas en el imss pero ojo sólo es para el primer matrimonio
    • Responder
  • Paola
    Novia PRO Marzo 2013 Jalisco
    Paola ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Legalmente ninguno.. la ley no otorga ningun dia de descanso obligatorio por matrimonio, solo los marcados por ley para todos o para las mujeres en embarazo seis semanas anteriores y seis posteriores al parto. A Depende mas bien de la empresa pregunta directamente

    • Responder
  • Palmi
    Novia PRO Febrero 2014 Sinaloa
    Palmi ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Yo e escuchado que en algunas empresas publicas en las privadas no creo la verdad...

    • Responder
  • Miriam
    Novia Experta Mayo 2013 Distrito Federal
    Miriam ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Pues yo creo que lo mejor es que preguntes en tu empresa Lore; en mi caso, trabajo en la sep y pues por parte del sindicato me dan 5 días, pero a mi novio creo que con trabajos y le darán 1 día y eso aún no es muy seguro porque coincide con el cierre de mes Smiley atonished

    • Responder
  • Jessica Ordaz
    Novia VIP Marzo 2014 Nuevo León
    Jessica Ordaz ·
    • Denunciar
    • Ocultar contenido

    Oye pues yo no sabía nada de eso! pero me informaré en rh de la empresa y a ver que me dicen...!

    • Responder

Elegiste . Escribe un comentario y agrega más detalles a tu elección 👇

×

Artículos relacionados

Grupos generales

Artículos por temas