Requisitos
1.- Presentar solicitud de matrimonio debidamente requisitada ante el Juez del Registro Civil de su eleccion (Formato requerido )
2.- Copia Certificada del acta de nacimiento de los pretendientes
3.- Convenio sobre el Regimen Patrimonial a que deberan sujetarse los bienes presentes y los que se adquieran durante el matrimonio
4.- Comprobante del domicilio a nombre de los interesados menor a seis meses
5.- Cuando alguno o ambos contrayentes no puedan concurrir personalmente a la celebracion del acto, se debera exhibir Poder nNotaria especial para el acto, mediante el cual se acredite la representacion del o los mandatarios
6.- Cuando uno o ambos pretendiente hayan sido casados con anterioridad, exhibiran copia certificada del Acta de Matrimonio con la inscripicion del divorcio. Para el casod e que alguno de los pretendientes sea viudo, debera presentar copia certificada del acta de defuncion correspondiente.
7.- Cuando se trate de menosres de edad, siempre que ambos hayn cumplido 16 años, deberan presentarse a otorgar su consentimiento:
a) El padre o la madre del menor;
b) A falta de padres, el tutor;
c) A falta, negativa o imposibilidad de las personas mencionadas en las fracciones anteriores, el Juez de lo familiar suplirá el consentimiento.
a) Acta de nacimiento apostillada o legalizada;
b) Permiso vigente otorgado por la Secretaría de Gobernación y
c) Comprobante de su legal estancia en el país, así como de su identidad y calidad migratoria.
En caso de que un extranjero obtenga de la Secretaría de Relaciones Exteriores carta de naturalización de mexicano, no será necesaria la presentación del acta de nacimiento del país del que es originario.
Cuando ambos pretendientes sean extranjeros, deberán presentar los requisitos que señalan los artículos 70 y 71 fracciones I y III del Reglamento del Registro Civil del Distrito Federal, acreditando su legal estancia en el país, así como su calidad migratoria, en términos de la Ley General de Población.
tiempo de respuesta o realizacion del servicio
11 dias
costo del servicio
Establecido en el artículo 216 fracción I, 218 fracciones II y III del Código Fiscal del Distrito Federal
ARTÍCULO 216.- Por los servicios que preste el Registro Civil se pagarán derechos conforme las cuotas que a continuación se establecen:
I. Inscripcion de matrimonio en los juzgados del Registro Civil $944.00
ARTÍCULO 218.- Por los servicios que preste el Registro Civil fuera de sus oficinas se pagará el derecho de extraordinarios del Registro Civil, conforme a las cuotas que a continuación se establecen:
II. Por la celebracion de matrimonios ... $1,896.00
III. Por la autorizacion para que los jueces del Resgistro Civil celebren Matrimonio feura de la circunscripcion territoria que le corresponda, independientemente de la cuota que señala la fraccion anterior ... $3,904.50
Procedimiento
1. Los interesados acuden a la oficina del juzgado o a la oficna central del registro civil o bien realizan llamada solicitando requisitos para la realizacion de su tramite
2. Una vez que los solicitantes reunen los requisitos y documentacion, se presenta en la oficina del Registro Civil, a solicitar el tramite
3. En la oficina reciben y revisan su documentacion si esta completa y correcta, autoriza y fija dia y hora para la celebracion del acto( dentro de los 8 dias posteriores a la presentacion de la solicitud)
4. Los solicitantes efectuan pago de derechos y se presentan en el juzgado el dia y hora indicada podran proponer voluntariamnete la presencia de testigos de honor en la celebracion del matrimonio, en tal caso estos podran asentar su nombre y firma en la hoja previa que se entregara en la celebracion del acto, pero no apareceran en el acta de matrimonio respectiva.
5. En el juzgado de Registro civil o Juzgado Central, se celebrara el acto de matrimonio y, una vez ejecutado este se procedera a la toma de formas y huellas digitales de la personas que en él intervinieron. A los contrayentes se les entregara comprobante del acto.
Observaciones
El Juez no podrá exigir la presencia de testigos ni su falta afectará la validez del acto. Se pagará prórroga de jurisdicción cuando el Juez del domicilio de los contrayentes acuda a celebrar en Delegación distinta a su adscripción.
Una vez efectuada la ceremonia de matrimonio, el solicitante puede tramitar copias certificadas, las cuales estarán disponibles en dos días
Debates Complementarios
Documentacion para el Registro Civil DF