Hola nenas pues me dijo mi mamá que investigara lo del dote matrimonial del IMSS y ya anduve indagando y en efecto si te dan un monto económico cuando te vas a casar casi nadie sabe de este tramite pero a quien le cae mal un dinerito extra espero que les sea de ayuda esto es lo que encontre
Requisitos:
• Tener un mínimo de 150 semanas cotizadas en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a la fecha del matrimonio.
• No haber realizado el cobro de esta prestación con anterioridad.
• Que al causar baja, el matrimonio se realice dentro del período de 90 días hábiles siguientes a la fecha de la baja.
Documentos:
• Credencial de asegurado(a) o cualquier documento que contenga el número de seguridad social (original para cotejo).
• Identificación oficial con fotografía y firma: credencial para votar o cartilla del servicio militar nacional o pasaporte o cédula profesional del asegurado(a) (original para cotejo).
• Copia certificada del acta de matrimonio.
• En el caso de estar registrado en el Instituto a otro cónyuge, presentar copia certificada del acta de defunción o de divorcio del cónyuge anterior.
• Último estado de cuenta de la Afore que maneja su cuenta individual (original para cotejo y copia).
Trámite
• La solicitud se realiza en la ventanilla de atención del Servicio de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar de adscripción del asegurado(a) o en la subdelegación mas cercana a su domicilio.
• Recibe la Resolución de Ayuda para Gastos de Matrimonio en el lugar donde tramitó la solicitud.
• Para el pago, el trabajador deberá presentarse en la AFORE que maneja su cuenta individual, con su identificación oficial y la resolución emitida por el IMSS.
• El pago consiste en una cantidad equivalente a 30 días de salario mínimo general que rija en el Distrito Federal a la fecha del matrimonio.