Cuando una pareja enamorada y creyente del catolicismo quiere casarse (celebrar el Sacramento del Matrimonio) , debe seguir un proceso para asegurarse de que su Sacramento será válido, y en este proceso entran las llamadas amonestaciones, pero, ¿Qué son?
La Iglesia, como madre y maestra, se preocupa de que los novios tengan una preparación adecuada, cuidando en todo momento la validez y la licitud del Sacramento del Matrimonio.
En la Arquidiócesis de México se nos pide que esta Información Canónica previa al matrimonio se levante al menos tres meses antes de la celebración del Sacramento, con el fin de tramitar cuidadosamente cuanto sea necesario y favorecer la preparación adecuada de los contrayentes.
Corresponde al párroco hacer este levante de la Información Canónica mediante un diálogo cordial con los novios para averiguar el estado canónico de ambos: idoneidad, capacidad, madurez, discreción de juicio, estado de libertad, declaración de intenciones, ausencia de impedimentos, etc., de manera que se garantice la celebración válida y lícita del Matrimonio.
Suplicatorios y Amonestaciones
Una vez recibida la declaración de los contrayentes y de sus testigos, se publica (anuncia) el Matrimonio en la parroquia donde viven o hayan vivido los contrayentes (a esto se le llama Exhortos Prematrimoniales o Suplicatorios) y en la parroquia donde se celebrará el mismo (a esto se le llama Amonestaciones).
En términos prácticos, los Exhortos Prematrimoniales o Suplicatorios se equiparán a las Amonestaciones. Es decir; si la iglesia donde se celebrará el Sacramento es la del novio, entonces se exhorta o suplica al párroco de la comunidad donde vive la novia, para que dé a conocer la pretensión matrimonial de ésta, y así los fieles puedan manifestar sí saben de algún impedimento para la celebración del Matrimonio. O viceversa.
Pero también, se suplica o amonesta a los propios fieles de la comunidad donde vive el novio para que hagan lo mismo.