Bajo este régimen, tradicionalmente conocido como de bienes mancomunados, las posesiones son responsabilidad y propiedad de ambas partes por igual, sin importar a nombre de quién esté alguna pertenencia.
- ¿Qué pasa con los bienes adquiridos por separado antes del matrimonio? Ambas partes aportan sus bienes a la sociedad conyugal. De terminar el matrimonio, la mitad de los bienes será para cada parte. En las capitulaciones matrimoniales se pueden estipular porcentajes diferentes.
- ¿Y los bienes adquiridos durante el matrimonio, a nombre de sólo uno de los cónyugues? Esto cobra importancia cuando se adquiere un inmueble o un auto. En sociedad conyugal sería de ambos. Generalmente, el notario solicita la firma de sólo un cónyugue, pero con la autorización del otro. Quien firme sería representante de ese bien, pero la sociedad conyugal es la propietaria.
- ¿Las deudas de uno son también del otro? Las deudas deberían ser de ambos, pero si sólo están a nombre de uno, es difícil comprobar que existe la sociedad conyugal. En la práctica, las deudas se consideran de cada uno. Cuando un bien sí está registrado y una de las partes tiene un adeudo grande, si el acreedor quisiera cobrarse tomando el inmueble, el otro cónyugue podría reclamar la mitad que le pertenece de ese bien.
- Conviene cuando... es la típica familia donde alguno de los dos es el que aporta el ingreso de dinero y el otro se dedica al hogar o educación de los hijos. De ese modo se da una protección al cónyugue que no está generando un ingreso.
Bajo este régimen, toda adquisición material que se haga antes y desde el momento en que se contrajo matrimonio es sólo de quien la hizo.
- ¿Qué pasa con los bienes adquiridos por los cónyugues antes del matrimonio? Los bienes siguen perteneciendo a cada una de las partes.
- ¿Y los bienes adquiridos durante el matrimonio? Cualquier compra o venta la asume cada uno sin involucrar al cónyuge. Se puede disponer de sus bienes materiales sin autorización del otro.
- ¿Las deudas de uno son también del otro? No, cada quien tiene y lleva sus deudas. Hay que destacar que bajo este régimen, si un inmueble o bien está registrado a nombre de un cónyugue que tiene un adeudo grande, en un momento dado, el acreedor podría cobrarse con la totalidad del inmueble la deuda, aunque lo utilicen ambas partes del matrimonio.
- Conviene cuando... ambos cónyugues tienen ingresos, propiedades y pueden satisfacer sus necesidades por sí mismos. Si quieren llegar a poner un bien a nombre de los dos, podrían planteárselo.